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Cinco consejos para evitar problemas

Actualizado: 1 sept

"No hay cosa más fría que un consejo cuya aplicación sea imposible"

Confucio (551 A.C. - 478 A.C.) Filósofo Chino.


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Unas veces los problemas surgen porque nosotros los buscamos, por imprudencias o por hacer mal las cosas, y otros surgen de la noche a la mañana sin saber muy bien por qué. ¿Quieres evitar problemas legales? Supongo que tu respuesta es afirmativa, así que te voy a dar cinco (5) consejos que, en mi opinión, evitarán que, cuando des un paso, lo hagas en falso o acabes tirándote a una piscina sin agua. Si estás pensando dar un paso, tienes una oportunidad de oro para hacerlo con seguridad. Eres libre de elegir entre tener en cuenta estos consejos o no y pasar de ellos. Lo que sí te aseguro es que los cinco (5) son aplicables al cien por cien. Comencemos.


La letra pequeña


En los momentos previos a la firma de un contrato, no nos paramos a leer la famosa, temida y después maldita "letra pequeña", así como tampoco la de tamaño normal, craso error, todo sea dicho, porque hay que leerlo todo. Es evidente, creo, que este consejo lo hago extensivo para todo tipo de documentos que firmemos, aunque el tamaño de su letra sea extraordinariamente grande. ¡Siempre hay que leer antes de firmar! Pero volvamos a la pequeña, que es la más peligrosa.


Como bien sabes, la "letrita" está presente en muchos contratos, por ejemplo, con un operador de telefonía o cualquier otro de telecomunicaciones, la apertura de una cuenta corriente en el banco, una póliza o la contratación de cualquier otro producto bancario, contratos de suministros, un contrato de seguro y un larguísimo etcétera. Hablemos claro, si, en ocasiones, un contrato con tamaño de letra normal contiene cláusulas abusivas, imagina el tipo de cláusulas que puede contener un contrato como los mencionados, con letra minúscula.



Las palabras se las lleva el viento

Debe ser por el cambio climático por lo que hoy en día, darse la mano o dar la palabra tiene poco valor, uno se arriesga a que legue un vendaval y donde dije digo, digo Diego. A ver, un acuerdo verbal sí tiene validez y eficacia jurídica, aunque seguridad jurídica muy poca. Sin embargo, si tienes pensado alcanzar un acuerdo con alguien de esta manera, te recomiendo que lo realices en presencia de testigos, hagas fotografías, alguna grabación o cualquier otra prueba física que demuestre la existencia de ese acuerdo. ¿Por qué? Porque desafortunamente las palabras se las lleva el viento la mayoría de las veces. Por ello, en un momento dado, necesitarías pruebas para defender tus derechos.

Hay que ser realista, ¿quién está preparado cuando acuerda algo con alguien de forma verbal en tomar alguna fotografía, hacerlo en presencia de testigos o grabas la conversación? La respuesta es casi nadie. Esto es porque, normalmente, nos fiamos de la otra persona pensando que actúa de buena fe y a la hora de la verdad nos llevamos un buen chasco. Está claro que cada uno sabe si los demás se pueden fiar de uno o no, pero, en el fondo, lo que no tenemos claro es si podemos fiarnos de los demás y, aun así, casi siempre pecamos de exceso de confianza. Con esto no quiero decir que sea negativo fiarse, sino simplemente que debemos saber de quién si le conocemos y, aun así a veces nos llevaremos sorpresas desagradables. Tenemos que tener cuidado.


Desde luego, es mucho más seguro, jurídicamente hablando, si ese acuerdo lo plasmamos por escrito en un papel y se firma por ambas partes o las que sean.


¡No pasa nada! hasta que pasa. Vamos a ver, maticemos porque no es cuestión de obsesionarse y convertirse ahora en el presidente de la liga anti contratos verbales. No, no es eso, porque ¡depende! (¿te suena la palabra?). Dende del objeto del contrato, del grado de compromiso, es decir, de los derechos y obligaciones que vayan a aceptarse mediante el consentimiento. Por ejemplo, existe la modalidad de contratar tarjetas de crédito por teléfono, pues mucho cuidado con esto. Pide siempre que te remitan la información por escrito, nunca aceptes verbalmente sin tener por escrito la información y haberla estudiado previamente. Es muy probable que te pongan un montón de excusas, así que estarán dándote razones para sospechar que las condiciones que te ofrecen por teléfono realmente son abusivas.



Pruebas


Si no tienes pruebas, es muy difícil defender tus derechos. ¡Cuantas veces habré escuchado la frase: "Fue mi palabra contra la suya"! Por tanto, debes conseguir pruebas antes de presentar una simple reclamación ante una oficina de consumo, un juzgado, un tribunal, un servicio de atención al cliente o bien una denuncia, porque consideras que alguien ha cometido un delito, o también juna infracción administrativa, si por ejemplo has visto a tu vecino talar un árbol; así como antes de interponer una demanda o si bien alguien ha incumplido alguna cláusula del contrato que firmó o acordó verbalmente contigo, por incumplimiento contractual. Las pruebas son importantísimas para defender correctamente y tener más posibilidades de triunfar. Digo tener más posibilidades de triunfar porque, en derecho, todo ¡depende! Depende de las figuras que te presentaré luego, de la interpretación que se haga de las pruebas, de cómo se defienda el contrario... depende hasta de ti mismo.


Vamos con las pruebas.


Está claro que son necesarias para probar lo cierto, existencia o contenido de un hecho. En caso de que estés inmerso en un procedimiento judicial, la obligación de probar dependerá de la posición que hayas adquirido, quien tiene la prueba y, desde luego, tú y el contrario tendrán que probar los hechos que aleguen. También es cierto que hay hechos que son difíciles de probar, además de cuantificar, como son los daños morales y, aun así, esas dificultades son superables dependiendo de tu defensa. Por el contrario, a veces se producen hechos, los que llamamos hechos notorios, que no necesitan aportación de pruebas, pues la notoriedad es absoluta y general, es decir, son hechos conocidos por todos. Por ejemplo, el agua moja




Espero que estos contenidos sean una lectura orientadora y de ayuda para la ciudadanía en general y para el ejercicio profesional de nosotros los jueces, abogados y operadores de Justicia. Si te interesa explorar más publicaciones similares te invito a pasar por nuestro blog ¡Hasta pronto!

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La redacción de Legal Store Colombia la componen profesionales de reconocida experiencia profesional que trabajan por el acceso moderno a la justicia. Encabezado por César A. Vargas M. como Editor y codirigido por Franco Ignozza. Nos pueden contactar en legalstorecolombia@gmail.com y seguirnos en Twitter en @legalstorecol.


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