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Sucesiones en uniones maritales de hecho

Legal Store Colombia

17 de enero de 2025 a las 8:01:35 p. m.

¿Qué debo saber sobre las sucesiones en las uniones maritales de hecho?

Sucesiones en uniones maritales de hecho


Legado en unión libre: Gestiona la sucesión en uniones maritales de hecho con plena validez legal


  • Introducción:  El reconocimiento de las uniones maritales de hecho ha evolucionado significativamente en Colombia, otorgando a los compañeros permanentes los mismos derechos sucesorales que a los cónyuges en el matrimonio. Si tu compañero o compañera permanente ha fallecido sin dejar testamento, es fundamental asegurar que tus derechos sobre la herencia sean reconocidos y protegidos. En Legal Store Colombia, te brindamos el acompañamiento experto para gestionar sucesiones en uniones maritales de hecho, garantizando la validez legal de tu derecho al legado.


  • Definición y Explicación:  Este servicio se refiere a la gestión de la sucesión de una persona fallecida que mantenía una unión marital de hecho con un compañero o compañera permanente, y en la que este último tiene derechos hereditarios. Desde la jurisprudencia de la Corte Constitucional (Sentencia C-283 de 2011), los compañeros permanentes tienen los mismos derechos sucesorales que los cónyuges, siempre que se haya configurado una sociedad patrimonial de hecho conforme a la Ley 54 de 1990 (convivencia mínima de dos años, singularidad y permanencia). El proceso de sucesión (intestada o testada si el causante dejó testamento y reconoció al compañero) requiere:

    • Prueba de la Unión Marital de Hecho: Es crucial demostrar legalmente la existencia de la unión y la sociedad patrimonial de hecho (ya sea por declaración judicial, escritura pública o actas de conciliación previas).

    • Reconocimiento como Heredero: Incluir al compañero/a permanente como heredero en el orden sucesoral establecido por la ley. Este servicio busca asegurar que el compañero/a permanente reciba la porción de la herencia que le corresponde, en igualdad de condiciones con los demás herederos legales.


  • Incluye:

    • Asesoría sobre Derechos Sucesorales del Compañero Permanente: Orientación sobre la Ley 54 de 1990 y la jurisprudencia que equipara sus derechos a los del cónyuge.

    • Gestión de la Declaración de Unión Marital de Hecho (si no existe): Asistencia en el proceso para formalizar la unión si no se había hecho en vida.

    • Recopilación de Pruebas de la Unión: Obtención de testimonios y documentos que demuestren la convivencia y la sociedad patrimonial.

    • Participación en el Proceso de Sucesión: Representación del compañero/a permanente en el proceso de sucesión (notarial o judicial) para asegurar su inclusión como heredero.

    • Liquidación y Adjudicación de Bienes: Acompañamiento en la distribución y adjudicación de la porción hereditaria.


  • Servicios LSC:

    • Estudio de la existencia de la unión marital de hecho: Análisis de los requisitos para la conformación de la unión y la sociedad patrimonial.

    • Asesoría en derechos sucesorales del compañero permanente: Orientación sobre la equiparación de derechos con los cónyuges.

    • Gestión de la declaración judicial o notarial de la unión marital (si es necesario): Formalización de la unión para fines sucesorales.

    • Recopilación de pruebas de convivencia y sociedad patrimonial: Asistencia en la obtención de evidencias que demuestren la relación.

    • Representación en el proceso de sucesión: Inclusión del compañero permanente como heredero en la sucesión intestada o testada.

    • Liquidación y adjudicación de bienes: Defensa de la cuota hereditaria y asistencia en la distribución del patrimonio.


  • Marco Legal (Colombia):  Ley 54 de 1990 (Unión Marital de Hecho y Sociedad Patrimonial), Código Civil (Artículos sobre Sucesiones y Sociedad Conyugal aplicados por extensión), Constitución Política (Art. 42), Código General del Proceso (procesos de sucesión), Sentencia C-283 de 2011 y otra jurisprudencia de la Corte Constitucional y la Corte Suprema de Justicia.


  • Importancia:  Este servicio es crucial para garantizar la equidad y justicia en las sucesiones de las uniones maritales de hecho, reconociendo plenamente los derechos del compañero/a permanente al patrimonio construido en común. Asegura que la voluntad del legislador y la jurisprudencia se cumplan, protegiendo a quienes han formado una familia sin el vínculo matrimonial formal, y brindando seguridad jurídica a estas uniones.


¿Tu compañero/a permanente ha fallecido y necesitas gestionar sus derechos sucesorales? ¡Asegura tu legado! Contáctanos para una asesoría legal que reconozca tu unión y tu derecho a la herencia.



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